Carta Abierta de COViSAL a los Liquidadores Conjuntos y al Tribunal de Antigua Objetando a la carta de pagos “Preferenciales” y “Propuesta”
COALICION VICTIMAS DE STANFORD AMERICA
LATINA (COViSAL)
12 de Mayo 2014 (Traducción al español
por COViSAL)
Carta Abierta de COViSAL
a los Liquidadores Conjuntos y al Tribunal Supremo Justicia de Antigua y
Barbuda, objetando a la carta de pagos “preferenciales” y “Propuesta”
La Propuesta de los Liquidadores Conjuntos a las Víctimas de
Stanford: ¿Miseria, intimidación o ambas?
El 17 de febrero 2014, COViSAL denunció las acciones de los
Liquidadores Conjuntos de recobrar fondos de las víctimas inocentes al
enviarles una carta devastadora pidiéndoles devolver dinero retirado de sus
cuentas durante los seis meses anteriores al colapso del Stanford International
Bank Limited (“SIBL”). Ellos exigieron una respuesta dentro de 120 días de
haber recibido la carta. La respuesta de COViSAL la pueden leer en el siguiente
link: http://covisal.blogspot.com/2014/02/stanfords-victims-defrauded-again-by.html
Los Liquidadores Conjuntos del SIBL, Marcus Wide y Hugh
Dickson de Grant Thornton, entonces enviaron otra carta con fecha 9 de abril de
2014 a un grupo selecto de víctimas inocentes con una propuesta titulada: Stanford International Bank Limited in
Liquidation – Propuesta Reclamos Preferenciales y Proceso de Distribución.
La carta dice que las víctimas inocentes recibieron pagos “preferenciales”
de acuerdo a la interpretación por los Liquidadores Conjuntos del International
Business Corporation Act (“IBCA”) de Antigua.
Tenemos razones de creer que dicha intención de recuperar los supuestos
pagos “preferenciales” están errados bajo la Sección 204 de la IBCA. Esta Acta parece
aplicar a la corporación, sucursales, directores, funcionarios y accionistas, y
no a los depositantes. Adicionalmente los Liquidadores Conjuntos están
seleccionando acreedores de quienes el supuesto pago “preferencial” fue pequeño
en comparación con su reclamo admitido y ofreciéndoles un acuerdo de “dificultad”
para que participen en la distribución del 1% que actualmente se lleva a cabo.
El acuerdo de “dificultad” estipula que quienes estén de
acuerdo recibirán dos tercios de cada distribución mientras los Liquidadores
Conjuntos mantienen un tercio hasta que el monto “preferencial” sea recuperado
por completo. Este trato es esencialmente un plan de pago que distribuye los
pagos del supuesto monto “preferencial” durante un largo periodo mientras
permite a las víctimas recibir una porción de la distribución. Aquellos que
acepten este acuerdo estarán renunciando a sus derechos si el Tribunal
encuentra que los esfuerzos de los
supuestos pagos “preferenciales” es ilegal, y aun más grave, estarían
admitiendo de haber recibido pagos “preferenciales” – una descarada falsedad para
la mayoría de las familias inocentes miembros y seguidores de COViSAL.
Adicionalmente, los depositantes de CDs llenaron una Aplicación
de Cuenta para Depositante sujeta la Términos y Condiciones Generales y Términos
de Deposito del banco. Este último permitía que depositantes hicieran retiros
de sus cuentas de CDs en cualquier momento. (Ver copias de los documentos del
banco).
El reclamo de pago “preferencial” se basa completamente en la
suposición que estos depositantes de alguna manera tenían conocimiento previo al inminente cierre del SIBL. La realidad obvia, es el hecho que la carga de la
prueba recae sobre los liquidadores. ¿Dónde está la evidencia que prueba que
estos depositantes recibieron información que los pondría en una mejor posición
en caso del fracaso del banco? ¿Dónde está la documentación que implica a
depositantes específicos de este supuesto “tratamiento preferencial”?
En cambio de hacer su trabajo requerido para determinar quiénes actualmente recibieron pagos “preferenciales”, los liquidadores decidieron enviar
una notificación global que en esencia acusa a todos fuera de la jurisdicción
legal de los Estados Unidos de ser cómplices de esta atrocidad, sin importarles
la falta de pruebas. Hemos notado que ellos se han enfocado en los
inversionistas de América Latina con reclamos escritos en inglés, esperando que inversionistas inocentes capitulen a sus deseos por miedo y confusión.
Esta propuesta pone a las víctimas contra la espada y la pared, y no les deja
ninguna opción sino cumplir y admitir culpabilidad de haber recibido pagos “preferenciales”
con su propio dinero o estar sujetos a no recibir distribuciones futuras.
Los Liquidadores Conjuntos saben cómo manipular las leyes y el
proceso de la liquidación para seguir cobrando horas laborables para Grant
Thornton y asegurarse un pago mensual con el remanente de los ahorros de las víctimas
hasta que estos desaparezcan. El Síndico de los Estados Unidos intentó tomar el
mismo camino pero fue detenido por la Quinta Corte de Apelaciones de los Estados
Unidos el 13 de noviembre de 2009. La SEC también comentó que no había buenas
razones de políticas en permitir que un síndico recuperara capital invertido de
inversionistas totalmente inocentes. “Forzar a los inversionistas inocentes a regresar
fondos que ellos contribuyeron a la entidad en quiebra no hace nada más que
crear nuevas víctimas del fraude porque priva a esos inversionistas de sus
actuales contribuciones”. Esto es la parte central de nuestra objeción sobre los alegatos de los supuestos pagos “preferenciales”.
Después de fracasar en desplumar a los
inversionistas estadounidenses con este reclamo de pagos “preferenciales”, los liquidadores están persiguiendo a los inversionistas
internacionales quienes no tienen una SEC para protegerlos. Ellos están contando
con el hecho que estos inversionistas no tienen voz. Nosotros en COViSAL
estamos aquí para informarles que ellos están errados – nuestro único propósito
es darles una voz a quienes no la tienen, en crear una plataforma donde las
víctimas Latinoamericanas puedan recibir las herramientas para defenderse por sí
mismos y que no sean embaucados por abogados avaros.
Referente a los alegatos de que estos inversionistas tenían conocimiento
del colapso de las entidades de Stanford en los seis meses previos, ¿cómo es
posible que inversionistas ordinarios a medio mundo de distancia obtuvieron
este conocimiento antes de quienes estaban a cargo en la cúpula de Stanford? Los
siguientes párrafos fueron obtenidos de un documento de la Corte estadounidense
titulado: Class Action Complaint
Wilkinson, Reed v. BDO USA, LLP and BDO International Ltd., Page 23:
“El 4 de febrero, 2009, en adelanto a una declaración ante la
SEC, funcionarios del Stanford Financial Group se reunieron son sus abogados
externos en Miami. Dos días después, el 6 de febrero, 2009, el viejo amigo de
Allen Stanford, Frans Vingerhoedt le envió un email, copiando a David Nanes,
que ilumina el desmoronamiento del imperio del Stanford Financial Group:
[L]as cosas están comenzando a desenredarse rápidamente en
nuestro lado del Caribe y de América Latina…[n]osotros necesitamos elaborar una
estrategia para darle preferencia a ciertas transferencias de gente con
influencia en ciertos países, si no, nosotros veremos una corrida del banco la
próxima semana…[t]odos nosotros sabemos lo que significa. Hay verdaderas balas
haya afuera con mi nombre [sic], el nombre de David y el de muchos otros y
estas son muy reales…[T]odos nosotros estamos juntos en esto..”
Uno puede deducir del email de Frans Vingerhoedt, Presidente
del Stanford Caribbean Investment, LLC, con fecha 6 de febrero, 2009, que la corrida
del banco pudo haberse iniciado la semana del 9 de febrero, 2009, como la fecha
más temprana. ¿Cómo las víctimas inocentes acusadas erróneamente en su carta
pudieron haber descubierto y haber explotado esta información antes que el mismo
Stanford? De hecho, los asesores financieros fueron entrenados muy bien para
evitar que los depositantes redimieran sus CDs, y los convencían para que los
renovaran. Ellos usaron todo tipo de artimañas y tácticas de intimidación para
evitar que los depositantes canjearan sus CDs. Ellos fueron muy exitosos y muy
bien compensados.
La insistencia de los Liquidadores Conjuntos en perseguir
recobros en contra de inversionistas inocentes son apoyadas ni por la lógica ni
la ley. El patrimonio incurrirá grandes gastos con probabilidades mínimas de
recuperación –dinero que pudiera ser distribuido a las víctimas necesitadas. Nosotros
consideramos que los reclamos en contra de inversionistas inocentes para el
retorno de su principal no tienen ningún mérito.
¿Por qué prolongar el sufrimiento de víctimas inocentes que ya están
agobiados y no tienen los recursos para defenderse ante la Corte de Antigua?
/s/Jaime R. Escalona
Jaime R. Escalona
On
behalf of COViSAL
Director
Coalición
Víctimas de Stanford América Latina (COViSAL)
Anexos (3)
cc. Joint Liquidators of SIBL, High Court of
Justice Antigua & Barbuda